LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
SECCIÓN CUARTA
Artículo 28. Los sujetos obligados del Poder Ejecutivo y los ayuntamientos, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información
FRACCIÓN I. En el caso del Poder Ejecutivo y los ayuntamientos:
a) Los Planes Estatales y Municipales de Desarrollo, según corresponda.